El despido será considerado procedente cuando quede acreditado en cualquier caso el incumplimiento alegado por el empresario, convalidándo la extinción de su contrato de trabajo que con aquél se produjo, sin el derecho a una indemnización ni a salarios de tramitación.

Este caso es bastante complejo de explicar ya que un despido procedente puede darse por varios motivos como pueden ser: absentismo laboral, malos tratos hacia el personal, o estar bajo efecto de alcohol o de las drogas durante la jornada laboral

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