Despido improcedente

Despido Improcedente

despido improcedente

Hoy por hoy la crisis económica nos ha golpeado a todos y cada vez son más los despidos. Si la empresa entro en quiebre y nos despides mucho no se puede pelear porque en muy probable que solo perdamos tiempo. Pero hay veces que nos despiden sin causa o sin una razón firme y formal. En ese caso el despido se llama improcedente.

Definición de Despido improcedente: Aquel en que el empresario no demuestra el incumplimiento laboral o el despido no cumple los requisitos formales. Ante esta situación el empresario tiene la opción de readmitir al trabajador o pagar una indemnización de 45 días de salario por año trabajado, hasta un máximo de 42 mensualidades.

Ejemplos de este tipo de despido:

A esta mujer la despidieron por estar embarazada. Algo que no solo es improcedente sino también ilegal.

Al parecer no le han dado motivos reales sobre porque paso a ser prescindible.

Otro ejemplo lo vemos en el despido de algunos de los empleados del Hotel Monte Malaga que han sido dados de baja por reestructuración del personal. Esta forma de despido sin motivo es muy usada y comúnmente se prescinde de más de 10% de la planta activa.

Otro ejemplo es el que sufrieron nueve conductores de Transporte Calderon, que han sufrido la decisión de Globalia, empresa que reúne la dirección de las compañías Air Europa, Groundford, Halcon Viajes, Viajes Ecuador, Pepe World, de despedirlos por no aceptar que se les reduzcan sus salarios para que la empresa resulte mas rentable.

El sindicato les dijo a los medios que se deben incorporar a los trabajadores de forma inmediata pero que de todas formas iban a lleva a cabo una serie de marchas y protestas, todas las mañanas frente a la sede de la empresa en las instalaciones del antiguo aeropuerto de Sondika

El ultimo ejemplo es de enero del 2007 donde una manifestacion de trabajadores de la textil Tavex se concentran reclamando que la empresa respete alos trabajadores y no los despida. La marcha se origino cuando esta empresa comunico que rescindiria de 308 empleados y del cierre de la planta de Alginet en la Comunidad Valenciana. Según el sindicato este seria otro caso de despido improcedente ya que no se dieron motivos de porque se tomo tal medida.

El finiquito

Finiquito se le denomina al documento confeccionado en papel, que el empleado realiza para presentar a su patrón por el cual queda legalmente establecido que ni el empresario tiene más obligaciones de pago con el empleado, ni éste más obligado a cumplir con un horario y tareas para con el patrón.

El finiquito se divide en diversos apartados o secciones:

Identificación:

Contiene los datos filiatorios de las partes que forman la relación laboral. Se debe incluir en el finiquito por una parte, la empresa con todos sus datos de número fiscal y de seguridad social y por otra, los datos del empleado de la forma mas completa posible en ambos casos.

Devengos:

En esta sección se detallan todos aquellos rubros por los que el trabajador debe recibir dinero. Por ejemplo, los días de sueldo no pagados, indemnizaciones, proporción de pagas extras, vacaciones no gozadas, etc.

Deducciones:

Tomando en cuenta el apartado de los devengos, el apartado de deducciones explica todos aquellos conceptos por los que al trabajador se le retienen parte de sus haberes. Algunos de los motivos suelen ser, incumplimiento del preaviso de convenio, anticipos recibidos, o retenciones fiscales, etc.

Cualquier indemnización que corresponda en el caso, queda exenta de deducciones

Liquidación y Firmas:

Tomando en cuenta los haberes correspondientes a los devengos y se les sustrae la parte de deducciones, llegando a la cifra final que el trabajador deberá cobrar por su despido.

Jamás los devengos podrán ser menores que las deducciones y se deberá abonar el saldo resultante al momento de signar el finiquito o comprobante que acredite el pago.

En ese momento el trabajador también declara, no tener más nada a reclamar contra su patrón, salvo que se especifique en el documento la frase “recibido no conforme” donde queda la posibilidad de una posible revisión del caso más adelante.

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El Finiquito

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tipos de despidos

El despido improcedente es todo aquel despido que las autoridades laborales de un país, consideran como no aceptable, por lo que la empresa, es indicada por el ministerio público a retomar el trabajador o en la imposibilidad de re admitirlo, pagar una indemnización equivalente a 45 días de sueldo por año trabajado.

El Juzgado de los Social, es el lugar al cual todo trabajador debe concurrir en caso de que no esté de acuerdo con las condiciones de su despido, en cuanto a su legalidad y consecuencias.

Llegados a la sede judicial, salir con un dictamen de despido que puede variar, tomando en cuenta la situación y el contexto de cada caso, pero las posibilidades se agrupan en:

  • Despidos Improcedentes.
  • Despidos Procedentes.
  • Despidos Nulos.

Despidos Improcedentes

Son en los despidos que no se verifican en la realidad los motivos expresados por nuestro empleados como causa de despido. En estos casos el juez dictamina que no existe causal de despido comprobable para el caso y obliga a retomar el empleado o pagar la indemnización.

Lo dicho, esta situación puede resolverse con la re incorporación del empleado en el puesto, en idénticas condiciones y salario que antes de cesarlo. O sino, en el caso que el patrón no quiera retomar al trabajador, se le indicará al pago de una indemnización que equivale a 45 días por año de antigüedad laboral. También deben ser pagados los haberes que se hubieren generado entre el despido y la sentencia del mismo, en caso de determinarse como improcedente.

Despidos procedentes

Son los despidos sin más vueltas. En ellos, se prueba con pelos y señales el porque de la rescisión del contrato laboral por parte de la empresa de forma unilateral.

Algunas de las causas esgrimidas en estos casos son incumplimiento en el horario, en las tareas, faltas a la disciplina, entre otras.

Aquí el trabajador solamente tiene derecho a la liquidación de su contrato y ningún otro tipo de complemento indemnizatorio es viable.

Despidos nulos

Son los clásicos despidos por etnia, xenofobia, discriminación sexual, política, religiosa o por motivos de enfermedad, entre otros.

En estos casos, el despido es nulo, debiendo el empresario, readmitirlo en su nómina laboral al empleado y pagarle lo correspondiente a los días que lo haya tenido cesado, tal cual como si hubiera trabajado.

Despido IMPROCEDENTE

¿COMO SOBREVIVIR DESPUES DEL DESPIDO?

Protesta por despido improcedente

Despido improcedente de una embarazada